convocatoria de concesión de subvenciones a asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro entre cuyos objetivos se incluya la atención de la salud de las personas con enfermedades crónicas

convocatoria de concesión de subvenciones a asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro entre cuyos objetivos se incluya la atención de la salud de las personas con enfermedades crónicas

Voluntastur

Voluntastur

@Red de Centros de Voluntariado del Principado de Asturias | participa@voluntastur.org

Publicado el 07-08-2024 07-08-2024 al 21-08-2024 Noticias

Extracto de la Resolución de 30 de julio de 2024, de la Consejería de Salud, de convocatoria de concesión de subvenciones a asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro entre cuyos objetivos se incluya la atención de la salud de las personas con enfermedades crónicas, sus familiares o cuidadores, en el ámbito territorial del Principado de Asturias en el ejercicio 2024.

 

BDNS (Identif.): 778130.

 

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/778130).

 

Primero.—Beneficiarios:

 

Asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro entre cuyos objetivos se incluya la atención a personas con enfermedades crónicas, sus familiares o cuidadores.

 

Segundo.—Objeto:

 

Financiar el desarrollo de actuaciones de información, orientación, apoyo o rehabilitación de personas con enfermedades crónicas en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

 

Tercero.—Bases reguladoras:

 

Resolución de la Consejería de Salud de 29 de mayo de 2024 (BOPA de 11 de junio de 2024).

 

Cuarto.—Cuantía:

 

La cuantía individualizada de la subvención vendrá determinada en función del crédito disponible (200.000 euros) y de las solicitudes presentadas, no pudiendo superar el límite máximo por entidad solicitante de 20.000 euros.

 

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:

 

Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOPA.

 

Ver publicación de la resolución en este enlace